PROTECCION PASIVA FUEGO
Morteros de fibras minerales y vermiculita
Consiste en una serie de elementos constructivos y productos especiales dispuestos para evitar el inicio del fuego (ignifugación de los materiales), evitar que se propague (compartimentación, cerramientos, sellados), evitar que afecte gravemente el edificio (protección estructural) y facilitar la evacuación de las personas (señalización luminiscente) y una actuación segura de los equipos de extinción.
Los productos de protección pasiva contra incendios tienen que cumplir la normativa vigente. Superan estrictos ensayos realizados por laboratorios acreditados que demuestran su eficacia (reacción, resistencia y/o estabilidad, luminiscencia) en pruebas con fuego real. Tras las pruebas son aptos para su instalación atendiendo a una serie de parámetros (soportes, espesores, aplicación, etc.) bien definidos.
Según la normativa vigente, la protección pasiva se encarga de:
- Garantizar el confinamiento y control de un incendio y facilitar la evacuación de los ocupantes.
- Garantizar la estabilidad del edificio y limitar el desarrollo de un posible incendio.
Por ello:
- Los edificios y establecimientos estarán compartimentados en sectores de incendios mediante elementos con una resistencia (determinada) al fuego
- Los elementos estructurales con función portante deben tener (determinada) estabilidad al fuego.
Le informamos que:
- La protección pasiva es un escudo contra el fuego
- Es una vacuna contra el fuego: si se aplica, no se produce, o sólo lo hace a nivel de conato
- Encierra al fuego
- Protección segura durante las 24 hs.
- Protección permanente. Siempre está ahí, sin necesidad de intervención humana.
- Nunca falla.
Dónde instalar la protección pasiva contra incendios
Hay que distinguir entre la protección del continente (edificio) y del contenido (revestimientos, cortinas, moquetas).
El continente está regulado por el Código Técnico de la Edificación (CTE), el Real Decreto 312/2005 (Euroclases) y el Real Decreto 110/2008, productos de construcción y su reacción y resistencia al fuego, que modifica parcialmente al anterior. En ellos se determina la instalación de materiales de protección contra incendios que garanticen la estabilidad y resistencia al fuego del edificio y sus sectores de incendio. Esto es responsabilidad del promotor, el proyectista y el constructor del edificio, así como de la propiedad.
El contenido, que es donde se halla la carga de fuego, está regulado por la normativa citada anteriormente.
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